La Caza en Castilla La Mancha
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Una de las actividades más importantes en Castilla La Mancha, es la actividad cinegética.
Cuando hablamos de actividad cinegética, no nos referimos al mero carácter deportivo o de ocio, sino a una actividad que genera gran tejido empresarial y con una enorme influencia socioeconómica en nuestra región.
Según datos recogido de diferentes artículos, podemos afirmar que la actividad cinegética genera más de 6.500 empleos fijos en puestos directos de trabajo, crianza y aprovechamiento de especies cazables, además se estima que se generan alrededor de 1.700.000 jornales mensuales, lo que genera aproximadamente 600 millones de euros.
Para todos los apasionados y amantes de este deporte, os detallamos los periodos de caza para 2017-2018. Ademas desde Seguros Quijote os ofrecemos el seguro obligatorio caza por 12€ al año, contamos también con opciones más ampliadas, que os detallamos a continuación:
Periodos de caza 2017-2018
Caza menor:
En los cotos de caza, el período hábil de caza será desde el día 8 de octubre de 2017 hasta el día 8 de febrero de 2018, ambos inclusive.
Caza en media veda:
Codorniz:
- El período hábil de caza será el comprendido desde el 21 de agosto al 15 de septiembre de 2017, ambos inclusive, excepto en las comarcas agrarias Serranía Alta de la provincia de Cuenca y Alcarria Baja de la provincia de Guadalajara que comprenderá del 27 de agosto al 15 de septiembre, ambos inclusive.
Paloma torcaz y tórtola común:
- El período hábil de caza será el comprendido desde el 21 de agosto hasta el 21 de septiembre de 2017, ambos inclusive para paloma torcaz. Durante el periodo de la media veda, se permite la caza de zorro y urraca, desde el día 21 de agosto al 21 de septiembre de 2017.
Caza de aves migratorias no acuáticas:
- Entre el 8 de octubre de 2017 y el 31 de enero de 2018.
Paloma torcaz:
- En los lugares de parada durante los dos períodos hábiles esta especie podrá cazarse desde puestos fijos con el auxilio de cimbeles naturales o artificiales siempre que no vulneren la prohibición señalada por el apartado i) del artículo 26 de la Ley de Caza.
Becada:
- El cupo máximo de piezas por cazador y día será de tres, salvo que en la resolución aprobatoria del plan de ordenación cinegética, se establezca uno inferior en cuyo caso se estará a lo que prevea dicha resolución, pudiendo cazarse exclusivamente en las modalidades de “En mano” y “Al salto”.
Tórtola común:
- Prohibida su caza en el periodo general.
Caza de aves acuáticas:
- Desde el 15 de octubre de 2017 hasta el 31 de enero de 2018, ambos inclusive. Para las especies ánsar común, cerceta común y ánade friso se establece, por lo tanto, un cupo máximo de piezas por cazador y día de dos para el ánsar común y tres para el ánade friso y la cerceta común.
Perdiz roja con reclamo macho:
- Desde el día 23 de enero hasta el día 5 de marzo de 2018, ambos inclusive, en municipios incluidos en las comarcas situados a más de 800 m de altitud, y del 10 de enero al 20 de febrero de 2018, ambos inclusive, en municipios situados en las comarcas a menos de 800 m de altitud.