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responsabilidad extracontractual por mascotas

Sobre la responsabilidad extracontractual por actos de mascotas

30 enero, 2018

responsabilidad extracontractual por mascotas

Se dice que el perro es el mejor amigo del hombre. Esta es una afirmación cierta, sin embargo necesita una serie de matices. Para algunas personas, su mascota puede ser un “angelito”, pero expuestos a determinadas situaciones, su compañero de cuatro patas puede ponerse nervioso y reaccionar de múltiples maneras. Algunas de ellas pueden llegar a originar una responsabilidad extracontractual para su dueño.

Ante determinadas situaciones y como dueño de tu mascota, deberás responder por lo que ella misma haga. Como dueño, es tu deber controlarla y vigilar que no cometa el tipo de actos que están castigados.

¿Qué tipo de actos pueden originar una responsabilidad extracontractual?

  1. Te ponemos en situación: estás sacando a pasear a tu perro y se aproxima un amigo para saludarte. Tu mascota no lo conoce y se encuentra manifiestamente nervioso por este acercamiento. En muchas ocasiones, y cuando se acerca alguien desconocido, los perros entienden que no es alguien familiar para su dueño y su instinto le lleva a protegerse a él y a su dueño.

Si tu perro muerde a esa persona, sea conocida o desconocida, en ti se genera automáticamente una responsabilidad extracontractual. Este tipo de vinculación, es aquella que surge por actos que no poseen su origen en contratos.

  1. Otro caso, tu perro se escapa, cruza la carretera y un conductor sufre un accidente porque ha intentado esquivarlo. Tú serás el último responsable. Esta obligación extracontractual surge porque tú, como su dueño, tienes el deber de vigilarla. Además, debes impedir que provoque daños en terceras personas.

Sin embargo, nuestro ordenamiento jurídico prevé una serie de excepciones a esta regla. Si tu perro ha mordido a otra persona por culpa suya (esto es, lo ha atacado porque lo ha provocado, por ejemplo), este hecho te exime de ser responsable del comportamiento de tu perro. En cualquier caso, si se llegase a un juicio, sería tu obligación demostrar que los hechos han ocurrido así.

  1. El tercero de los supuestos, aunque residual (no suele ocurrir) se refiere al caso fortuito y la fuerza mayor. En estos casos no serás responsable cuando nunca hubieras podido prever que tu perro iba a morder a esa persona. También cuando, aunque hubieras podido hacerlo, nunca podrías haberlo evitado.

El caso de las razas potencialmente peligrosas

Como curiosidad final, debes saber que si tu mascota es de alguna de las razas consideradas como potencialmente peligrosa, aunque esté dentro de tu propia casa, debe encontrarse en algún lugar en el que, si alguien entrase en tu casa, no pudiera hacer daño a aquella persona que entre.

Para evitar estas consecuencias, es conveniente disponer de un seguro de mascotas que cubra este tipo de responsabilidad extracontractual. Con estas pólizas, podrás preocuparte únicamente de los aspectos estrictamente necesarios en el caso de que ocurran estos supuestos.

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